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Calculadora de Boleta de Honorarios 2026

Calcula la retencion y el monto liquido de tu boleta de honorarios. Tasa vigente: 15,25% (Ley 21.133). Incluye tabla de progresion 2024-2028.

Datos de la boleta

$

Monto total antes de la retencion

Segun Ley 21.133, la tasa sube gradualmente hasta 17% en 2028

Ingresa el monto de la boleta para ver el calculo

Progresion de tasas de retencion (Ley 21.133)

AnoTasaLiquido por $1M bruto
202413.75%$862.500
202514.50%$855.000
2026(vigente)15.25%$847.500
202716.00%$840.000
202817.00%$830.000

¿Como funciona la retencion de honorarios?

1. Emision de la boleta

El prestador de servicios emite una boleta de honorarios por el monto bruto acordado. Si la emite a una empresa, esta esta obligada a retener.

2. Retencion

La empresa retiene el 15,25% del monto bruto y paga al prestador solo el monto liquido. La retencion se declara en el F29.

3. Declaracion anual

En abril, el prestador declara sus ingresos anuales. Si la retencion acumulada supera el impuesto real, recibe devolucion. Si es menor, paga la diferencia.

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Preguntas frecuentes

¿Cual es la tasa de retencion de honorarios en 2026?

En 2026, la tasa de retencion es del 15,25% sobre el monto bruto de la boleta. Esta tasa fue establecida por la Ley 21.133 y aumenta gradualmente: 13,75% (2024), 14,50% (2025), 15,25% (2026), 16,00% (2027) y 17,00% (2028 en adelante).

¿Quien paga la retencion de honorarios?

La retencion la hace la empresa o persona que paga la boleta de honorarios. El pagador retiene el porcentaje correspondiente y lo declara al SII en el Formulario 29. El prestador de servicios recibe el monto liquido (bruto menos retencion).

¿Como calculo el monto liquido de una boleta de honorarios?

Multiplica el monto bruto por la tasa de retencion (15,25% en 2026) para obtener la retencion. Luego resta la retencion del bruto. Ejemplo: una boleta de $1.000.000 bruto tiene una retencion de $152.500, quedando un liquido de $847.500.

¿Puedo recuperar la retencion de honorarios?

Si, la retencion es un adelanto del impuesto a la renta. En la Declaracion de Renta anual (abril), el SII calcula tu impuesto real. Si la retencion acumulada es mayor que el impuesto, recibes devolucion. Si es menor, debes pagar la diferencia.

¿Que pasa si emito boleta a persona natural?

Cuando emites boleta a una persona natural (no empresa), no hay retencion. Debes hacer tu misma la retencion provisional mensual (PPM) o pagar en la declaracion anual. Solo las empresas estan obligadas a retener.

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